Farmacovigilancia

Resulta fundamental el cumplimiento de la NOM-220-SSA1-2016 Instalación y Operación de la Farmacovigilancia, para titulares del registro sanitario, fabricantes, distribuidores y comercializadores.

  • Vendor parcial o completo en la implementación y gestión de la Unidad de Farmacovigilancia
  • HUB de procesamiento de ICSR para México y Latam.
  • Elaboración y/o tropicalización de PSUR, PBRER, RPS, IPS, PMR e IFV.
  • Sometimiento de casos ante la autoridad sanitaria.
  • Búsqueda y soporte de la literatura científica.
  • Soporte e implementación de actividades adicionales de Farmacovigilancia y de Minimización de riesgos.
  • Búsqueda de eventos adversos en literatura médico-científica nacional o internacional.
  • Resolución y seguimiento a previsiones de la autoridad.
  • Programas de apoyo al paciente.
  • Auditorias en Farmacovigilancia.